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¿Es posible vender un piso alquilado en Bilbao?

Posted by admin2 on 9 mayo, 2024
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En el ámbito de la gestión inmobiliaria, mantener un piso destinado al alquiler suele presentarse como una opción atractiva. Sin embargo, en ocasiones, la situación puede volverse más complicada de lo esperado o pueden surgir problemas que nos obliguen a deshacernos de esta propiedad para enfrentar diferentes necesidades.

Pero ¿Es posible vender un piso que actualmente está alquilado? La respuesta es sí, es factible, siempre y cuando se respeten las disposiciones establecidas en el artículo 14 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, tal como se especifica en el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo, sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

 Aquí te presentamos todo lo que necesitas saber antes de embarcarte en esta operación. Recuerda que en Inmogar estamos aquí para ofrecerte asesoramiento profesional tanto para la venta como para el alquiler de tu propiedad.

Notificación al Inquilino

 Un deber primordial del propietario que planea vender un piso alquilado es informar al inquilino de esta decisión. Esta notificación debe realizarse con al menos 30 días de antelación a la fecha prevista para la venta. Debe incluir detalles esenciales como la decisión de vender, el precio exacto de venta en la moneda acordada, la forma de pago, cargas previas, y cualquier otra condición relevante que afecte a la transacción.

Respetar el Contrato de Arrendamiento

 Aunque se decida vender la propiedad, es importante comprender que esto no extingue automáticamente las obligaciones establecidas en el contrato de arrendamiento. Según la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2019, el nuevo comprador está obligado a respetar al inquilino y cumplir con el tiempo restante en el contrato de arrendamiento. Este detalle debe quedar claramente estipulado en el contrato de venta para proteger los intereses del inquilino hasta la finalización del contrato.

Derecho de Preferencia

 El inquilino tiene el derecho preferente de adquirir la propiedad una vez esté en venta, independientemente de la proximidad del contrato a su término. Este derecho se ejerce mediante el tanteo y el retracto. El inquilino puede optar por comprar la propiedad dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación de la intención de venta. Si el propietario no notifica al inquilino sobre la venta o lo hace a un precio inferior, el inquilino tiene derecho a impugnar la venta.

En Inmogar entendemos la complejidad de este proceso y estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino. Contáctanos para obtener el mejor asesoramiento y garantizar el éxito de tu operación inmobiliaria.

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